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La Sociedad Municipal de Viviendas de San Cristóbal de La Laguna, S.A.U., es una sociedad pública municipal constituida el 30 de diciembre de 1994 en la Ciudad de La Laguna.

Su finalidad es llevar a cabo la competencia municipal de promoción y gestión de viviendas. De igual forma debe ser el órgano gestor de la política municipal de vivienda que se diseñe y planifique en el seno de la Corporación Municipal.

La Sociedad Municipal de Viviendas de San Cristóbal de La Laguna, S.A.U., (en adelante MUVISA o la Sociedad) se constituyó el día 30 de diciembre de 1.994 en La Laguna, mediante escritura otorgada ante el Notario Clemente Esteban Beltrán, con el número de protocolo 2.791, figurando inscrita en el Tomo 1164, Folio 125, hoja TF/10.091 Inscripción 1ª.

La Sociedad tiene carácter mercantil y se rige por sus estatutos, la Ley de Sociedades Anónimas y, en lo pertinente, por la Ley 7/1.985 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, el Estatuto de Autonomía de Canarias, la Ley de Instituciones Públicas de Canarias, el reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, el Código de Comercio y Disposiciones Complementarias.

El Pleno Excelentísimo Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, en sesión ordinaria de fecha 28 de septiembre de 1.990, aprobó, definitivamente la Memoria y la Municipalización del Servicio de Promoción y Gestión de Viviendas mediante el sistema de Sociedad Privada Municipal.

La Sociedad procedió a la modificación de su objeto social por acuerdo de la Junta General de fecha 11 de octubre de 2002.

Dicha modificación contempla una redacción más concreta de su actividad principal en materia de vivienda, introduciendo de forma expresa entre otras, las relacionadas con el suelo y su gestión; todo ello dentro del marco general de la actividad inmobiliaria, especialmente la promoción de suelo y viviendas protegidas.

Asimismo la modificación contempla la posibilidad de recibir encomiendas de la propia Administración o de otras Entidades Públicas o privadas dentro del marco de su objeto social. A la Sociedad corresponderá, de acuerdo con las directrices municipales, y en coordinación a través de su Consejo de Administración, toda la competencia en materia de vivienda.

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